Menú Principal

Psitacosis

Vigilancia

De acuerdo al Decreto Supremo Nº 158/04, la psitacosis es una enfermedad de notificación universal, obligatoria y diaria.

Notificación
La notificación debe ser realizada por el médico tratante frente a todo caso confirmado, a través del boletín ENO el mismo día de la confirmación, el cual debe ser enviado a la SEREMI de Salud correspondiente.

Investigación epidemiológica
La investigación de casos se inicia con la notificación del médico tratante de un caso confirmado y se continúa con el levantamiento de información por parte de los profesionales de la SEREMI de Salud desde donde se notifica el caso.

Dentro de los objetivos que se persigue con la investigación se encuentran:

  • Identificar otros posibles expuestos al riesgo de tipo laboral y dentro o fuera del grupo familiar.
  • Identificar la probable fuente de infección y cortar la cadena de transmisión.
  • Identificar evidencia de infestación de palomas u otras aves en la vivienda o lugar de riesgo.
  • Identificar factores de riesgo según actividad laboral o recreacional (contacto con aves o sus secreciones, métodos de crianza y manipulación de aves, falta de cuarentena, tráfico ilegal, falta de higiene).
  • Retroalimentar información en forma oportuna a Acción Sanitaria de la SEREMI (Unidades de Zoonosis, Alimentos, Salud Ocupacional, Promoción, Ambiente) y a otros sectores (SAG, Municipalidades).

Vigilancia de laboratorio
De acuerdo al Decreto Supremo Nº 158/04, artículo 9, en Chile Chlamydophila psittaci es además un agente de vigilancia de laboratorio. Para ello, todos los laboratorios clínicos y los bancos de sangre públicos y privados en que se identifique C. psittaci deben notificarla semanalmente al Laboratorio de Bacterias Emergentes y Zoonóticas del ISP.

Actualizado el 10 de abril de 2018.