Boletín Semanal Vigilancia Integrada Sarampión – Rubéola

Chile, año 2007.

 

Reporte semana 24

Nº Casos  Notificados Vigilancia Integrada

 

 

 194

 

Nº Casos Confirmados:

 

q       SARAMPIÓN (importado)

 

q       RUBÉOLA

 

 

 

 

 

0

 

35

 

Casos confirmados de SARAMPIÓN en América

(relacionados con importación)

 

 

 Casos Importados:

·          Estados Unidos :     14

·          Canadá               :      09

 

Brotes controlados:

·          Venezuela           :      23

 

Total 46 casos

 

Casos confirmados de RUBÉOLA en América

·          Brasil: 658

·          Chile: 35

·          México: 28

·          Venezuela: 12

·          Estados Unidos: 8

·          Guatemala: 2

·          Canadá: 1

 

Total 734 casos

 

 

COMENTARIOS:

 

SARAMPIÓN: fue eliminado de América en el año 2002; los casos posteriores corresponden a casos  importados y, en algunos casos, originan brotes asociados a importación.

Desde el año 2004 a la fecha, no se han confirmado casos en Chile. El último correspondió a un caso importado desde Japón en el 2003, tras tres años sin presentar esta patología.  

 

RUBÉOLA: enfermedad en vías de eliminación en el año 2.010

En el año 2007 se han confirmado 35 casos correspondiente a un brote ocurrido en la V y Región Metropolitana.

 http://epi.minsal.cl/epi/html/Actualidad/Nacional/BroteRubeola_12-06-2007.pdf

 

 

Con fecha 1° de julio de 2003, se puso el funcionamiento de la vigilancia integrada Sarampión-Rubéola (Circular N°15AD/38 del 27/06/2003).  Esto implicó un cambio en la modalidad del sistema de vigilancia de los casos sospechosos de Rubéola: notificación del caso a través de un formulario (independiente del boletín ENO) y la solicitud de una muestra de sangre (suero) a los casos sospechosos, a fin de confirmar el diagnóstico por serología.  Por lo tanto, al igual que los casos sospechosos de sarampión, los casos de Rubéola notificados, serán confirmados o descartados por el ISP.

 

 

Cuadro de texto: La Norma Técnica N° 55 (Resolución Exenta N°2323 del 1/12/2000); la  Circular 4A/26 (2/08/2001) de la Vigilancia Epidemiológica y Control de los Casos Sospechosos para la Erradicación de Sarampión y la Circular N°15AD/38 (27/06/2003)de la Vigilancia Integrada sarampión – Rubéola, regulan la Vigilancia de ambas enfermedades. 

Se considera caso sospechoso de Sarampión a aquellas personas que presentan: fiebre, exantema y uno de estos tres signos: tos, coriza o conjuntivitis.  

Se considera caso sospechoso de Rubéola a aquellas personas que presentan: exantema máculoeritematoso difuso de inicio agudo  y de 1 a 3 días de duración, con o sin fiebre, presentando además uno o más de los siguientes síntomas: artralgia o artritis; linfoadenopatía postauricular, occipital o cervical posterior; conjuntivitis.

Toda persona que cumpla con la definición de caso sospechoso de Sarampión, debe ingresar al Sistema de Vigilancia Activa, donde se realiza  la investigación epidemiológica, vacunación a los contactos (si corresponde) y se le toma una muestra de suero y orina.  En aquellos casos que ingresan como sospechoso de Rubéola y no se ajusten a la definición de sarampión, se envía la ficha de notificación al Servicio de Salud correspondiente y se les toma una muestra de suero para confirmar o descartar el caso por laboratorio. Además, las muestras ingresadas a través de la vigilancia Integrada, serán procesadas tanto para Rubéola como para Sarampión.  

Todas las Unidades Notificadoras de los Servicios de Salud del país, deben  asegurar la captación de todos los casos sospechosos de Sarampión y Rubéola dentro de sus respectivas áreas geográficas.
 

 

 

 

 


Situación por Región 2007

 

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