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Enfermedad de Creutzfeldt-Jakob

Imagen superior: Fuente: INDAP-MINAGRI

Prevención y control

Dado que la causa de la ECJ esporádica aún no está totalmente dilucidada, no existe manera de prevenirla. Frente a historia familiar con enfermedades neurodegenerativas, en ocasiones se sugiere consultar a un consejero en genética para evaluar los riesgos asociados a la historia familiar.

Los Establecimientos de Salud, particularmente aquellos donde se realicen intervenciones neuroquirúrgicas, deben seguir ciertas reglas para evitar potenciales casos de ECJ iatrogénica:

– Uso de hormona del crecimiento humana sintética.
– Esterilización profunda o preferiblemente destrucción de instrumental          neuroquirúrgico.
– Uso de kits descartables para punción lumbar.

 

A lo anterior se suman ciertas orientaciones para evitar que personas con riesgo potencial de padecer ECJ puedan donar sangre, órganos, tejidos o células, y con ello, reforzar la seguridad de los componentes sanguíneos transfusionales, trasplantes e injertos. Entre estas personas se encuentran aquellas que:

– Tengan un pariente biológico diagnosticado con ECJ.
– Hayan recibido un injerto de duramadre o córnea.
– Hayan recibido hormona de crecimiento humana.
– Hayan estado al menos 3 meses en Reino Unido desde 1980 a 1996.
– Hayan estado al menos 5 años en Francia a partir de 1980.
– Hayan recibido transfusiones de sangre en el Reino Unido a partir de 1980.
– Hayan recibido insulina bovina a partir de 1980.

 

El riesgo de contraer la variante ECJ en Chile es prácticamente inexistente. La Organización Mundial de Salud Animal (OIE) ha clasificado a Chile como un país con riesgo insignificante de EEB (la mejor clasificación existente), y se mantiene en dicho estado a la fecha, situación evaluada y reconocida a nivel internacional por distintos socios comerciales.
Chile, al igual que muchos países, se encuentra alerta para evitar la importación de carne infectada. La Subsecretaría de Salud Pública publicó en el Diario Oficial del viernes 29 de Abril del 2011, una modificación del Decreto Nº 20, de 2009, que establece requisitos para la importación de productos derivados de bovinos destinado al uso y consumo humano, las cuales fueron necesarias actualizar en relación a la EEB, de acuerdo a las recomendaciones de la OIE. En un par de ocasiones incluso, Chile ha suspendido en forma transitoria y como medida preventiva, la internación de los productos antes mencionados frente al hallazgo de marcación priónica en los países de origen de las carnes.

Actualizado el 23 de marzo de 2022.